Durante seminario inaugural del webinar “NEC en Perú & América Latina”, Alex Wagemann hace un llamado a la “confianza en los contratos basados en la colaboración” y entrega los 3 elementos esenciales para lograr su correcta implementación en el continente

Lima, Perú. – El lunes 2 de agosto, NEC Contracts del Reino Unido, la Sociedad Peruana de Derecho de la Construcción (SPDC) y la Confederación Internacional de Asociaciones de Contratistas (CICA), inauguraron el seminario online “NEC en el Perú & América Latina”, una serie de cuatro webinars de libre acceso que se desarrollará hasta el 5 de agosto.

La ceremonia inaugural contó con la participación de Carlos Núñez, miembro de la Sociedad Peruana del Derecho de la Construcción y socio de DLA Piper Abogados; Peter Higgins, presidente de la Junta de Contratos de NEC4 (TBC), y Alex Wagemann, socio director de WAGEMANN Abogados & Ingenieros, quien expuso en su calidad de chairman del grupo mundial de contratos de CICA.

Bajo el título de “Contratación en colaboración”, los tres expertos en derecho de la construcción dieron curso al primer webinar de la serie, durante el cual discutieron las razones por las que este tipo de contratos constituiría, a su juicio, la mejor práctica reconocida en la industria latinoamericana, qué elementos hacen que NEC sea un contrato con herramientas colaborativas y, por último, cómo NEC ayuda a la ejecución de un proyecto a tiempo y dentro del presupuesto.

Los 3 elementos esenciales para generar confianzas y lograr la correcta implementación de contratos NEC en el continente

Por su parte, Alex Wagemann se refirió a los “no muy auspiciosos” niveles de fiabilidad que se observan hoy al interior de la industria en América Latina, señalando que existen tres elementos fundamentales para lograr generar confianzas en lo que respecta a estos contratos específicos.

“La primera tiene que ver con la necesidad de disponer de un marco regulatorio particular, en el sentido que, cuando se trata de adaptar un contrato colaborativo a un contrato tradicional de obra pública, nos encontramos con limitaciones legales que hacen difícil poder llevar adelante un contrato de corte colaborativo” explicó el abogado. A su parecer, “el desafío consiste en poder aplicar un propio marco contractual, en vez de someterlo a la Ley de Contrataciones del Estado”.

En segundo lugar, Wagemann aseguró que es esencial que exista un entendimiento afín por parte de las contralorías de los respectivos países, de manera que éstas logren comprender que el tipo de control que debe ser desarrollado o puesto en marcha, con el objeto de fiscalizar estos contratos, debe ser distinto al de un contrato de Obra Pública clásico.

Finalmente, precisó que un tercer elemento radica en que los stake holders puedan contar con un training o entrenamiento adecuado que sea accesible para ellos, puesto que “no sirve de nada tener un marco regulatorio definido para este tipo de contratos, si luego contractualmente obligas al usuario a algo dispuesto por la legislación habitual, puesto que la lógica y el espíritu del contrato colaborativo son distintos a la de un contrato tradicional”.

Por último, Alex Wagemann hizo un llamado a que “es importante que sigamos avanzando en este desafío de implementar contratos como estos, basados en la confianza y la colaboración entre las partes”, recordando en este sentido que la industria de la construcción también funciona hoy gracias a mecanismos que, por la reticencia cultural de ciertos sectores, costó implementar en su minuto, como los dispute boards y los ejercicios de involucramiento temprano de contratistas, por nombrar sólo algunos ejemplos”.

Material multimedia

  • Asimismo, las respectivas presentaciones están disponibles para descargar aquí:

2nd August – Collaborative Contracting

3rd August – NEC as a global contract

4th August – Lima 2019 & Reconstruction Programme

5th August – NEC & Dispute Resolution